La cuestión no es sólo de dinero sino de replanteamiento de competencias de la Unión en favor del Estado de Derecho
El salto cuantitativo que han supuesto las ayudas europeas para la regeneración económica tras la pandemia ha supuesto también un cambio cualitativo porque estas ayudas están condicionadas a unos requisitos que los Estados deben cumplir.
Era la base de la exposición que realizaron Luis López Guerra y Alex Saiz Arnaiz en el curso sobre” la Gobernanza multinivel territorial en la ejecución de los fondos Next Generation”.
La Comisión ha asumido unas competencias que antes no tenía. “El cambio es notable” según resumía Luís López Guerra antiguo juez del TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos). El que admite el dinero se tiene que someter a las medidas que implica el Estado de Derecho. El proceso está en marcha, ya veremos lo que irá pasando, pero las condiciones de funcionamiento interno en Europa no son las mismas” ¿se van a mantener las políticas de la UE o se van a seguir manteniendo las relativas autonomías de los Estados? la cuestión no es sólo de dinero sino de replanteamiento de competencias de la Unión. Decía Marx que los cambios cuantitativos se convierten en cualitativos”.
Dentro de las condiciones impuestas se ha introducido una variable desconocida hasta el momento. “La vinculación entre el fondo económico al respeto al estado de derecho” que es uno de los valores fundamentales de la UE según el art. 2 del Tratado según remarcaba Alex Sainz Arnaiz, profesor de Derecho Constitucional. Y lo remarcaba por el momento que estamos viviendo en el que parece que alguno de esos valores están palideciendo en algunos Estados como Polonia. Hungría, Chequia y otros. El problema radica en el peso específico que tienen dentro de la unión Polonia y Hungría Polonia especialmente porque con motivo de la invasión rusa a Ucrania es la buena de la película que está recogiendo a los refugiados y es por donde Europa está mandando armas a Ucrania.
El respeto al estado de derecho significa muchas cosas respecto a la división de poderes, igualdades y no discriminación por género u orientación sexual, libertad de expresión y opinión y un largo etc. “Esta es una de las novedades del momento financiero de la unión. No va a afectar a momentos pandémicos, sino que con carácter general cualquier tipo de ayuda estará condicionada a futuro al respeto de esos derechos. La comisión se atribuye un nuevo papel de vigilancia".
El Consejo europeo puede llegar a negar los fondos económicos. Polonia ha tenido ya antecedentes muy claros con el Tribunal de Justicia europeo, pero en este momento ha dejado de ser el malo de la pelí. Llegará el momento- según recordaba Luis López Guerra que la Comisión, aunque no tenga competencias sobre los sistemas judiciales nacionales, al contar ahora con el condicionante del escrupuloso respeto al estado de derecho puede examinar la situación de los jueces, la corrupción etc…Los polacos y los húngaros ya han protestado pero el Tribunal de Justicia europeo ya ha sentenciado que estos países desde que eran candidatos sabían que tenían que cumplir una serie de condiciones.
El art 12 del Tratado ya establece que un valor superior del ordenamiento de la Unión es el Estado de Derecho, luego “ya no pueden aducir sorpresa”.
El art 7 del Tratado de la Unión calificado como bomba por López Guerra fue otro de los elementos analizados en el curso. Cuando un Estado vulnera de manera repetitiva el Estado de Derecho o los valores fundacionales de la Unión o, existen riesgos verificables de que existe el riesgo, la Unión puede expulsar temporalmente a un miembro.
El Tribunal ha optado hasta el momento por medidas que califica como más efectivas como la de condicionabilidad de las ayudas. “Polonia y Hungría ya han apelado a su aplicación sabiendo que es muy difícil hacerlo ya que conlleva una unanimidad de los Estados que no se va a dar en tanto en cuanto entre ellos se van apoyar. El Tribunal ha tenido que decir que ya se verá cómo se aplica el sistema de condicionabilidad aduciendo que está por aplicarse.” Para que no lleguen los fondos a esos países basta con una mayoría. Es relativamente fácil de lograr, pero para aplicar el art 7 es necesaria la unanimidad. Eslovenia. Chequia son países que estarían en contra.
La Unión, la Comisión o el Consejo responde a los Estados por lo que no les gusta aplicar el artículo. La condicionabilidad siempre se puede aducir que está en marcha.
“El reglamento del art 7 aplicado estrictamente puede acabar salpicando a muchos países como España, Italia, Francia, Rumanía o Moldavia que está en medio de un control. Todos países donde su sistema judicial está bajo la lupa…” Pero no va a pasar, es una hipótesis” Saiz Arnaiz dudaba” no sé si alguna vez se va a aplicar el reglamento. De hecho, países que creíamos contra la red como Polonia y Hungría ya han llegado a arreglos. Es la historia de Europa”.
López Guerra remarcaba en las nuevas competencias de la Comisión, aunque los dos reconocían que Europa camina con mucha cautela. Saiz Aznar aducía: ¿qué sería de Hungría fuera de la UE con un Víctor Orban convertido en un tirano total?.